Leo en El Mundo que el Ayuntamiento de Madrid prohibirá en su nueva ordenanza los llamados "Hombre Anuncio" porque de alguna forma denigran a la persona. Para empezar yo estaba convencido que la Ley General de Publicidad ya los prohibía por los mismo motivos (tendré que releerla), pero como en muchas ocasiones, me pregunto cuáles son los criterios que se siguen en estos casos para decidir lo que es bueno y lo que es malo...
Porque realmente,. no veo mucha diferencia entre este hombre anuncio:
Este otro hombre anuncio (más divertido, pero no se si es un trabajo más digno)...
O este otro hombre anuncio al que millones de personas admiran...
Tal vez dependa del dinero que se cobre, ¿Llevar un cartel a cuestas ocho horas te da para llegar a fin de mes, no es digno y si ganas millones cada vez que te pones el traje lleno de marcas, mola?


